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Transportes por cable, CTA y planes de movilidad

Conduc-e por Asturias
Programa MOVES

El Programa MOVES, además de para impulsar la movilidad eficiente, constituye una herramienta para hacer frente al incremento de emisiones de CO2 (principal gas de efecto invernadero) promoviendo la reducción del consumo de combustibles fósiles en el transporte.

Incide en la reducción de emisiones de CO2 promoviendo una movilidad urbana sostenible, incentivando la renovación del parque de vehículos hacia aquellos que utilicen energías alternativas y promocionando modos de movilidad más eficientes incluida la disposición de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

 


PLAN MOVES I

 

BASES REGULADORAS

  • Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES) (BOE de 17 de junio de 2020)
  • Resolución de 25 de abril de 2019, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo por la que se procede a la presentación de solicitudes de la convocatoria de subvenciones correspondientes al programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES) en el Principado de Asturias para el ejercicio 2019 (BOPA del 29 de abril de 2019)

 

ACTUACIONES

  • A1: adquisición de vehículos de energías alternativas siendo obligatorio el achatarramiento de un vehículo M1 de más de 10 años o de un vehículo N1 de más de 7 años para las adquisiciones de vehículos nuevos M1 o N1
  • A2: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos
  • A3: implantaciónde sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas
  • A4: implantación de medidas contenidas en planes de transporte al trabajo en empresas. (En Asturias no se asigna ningún presupuesto)

 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del momento en que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla indiquen en las respectivas convocatorias, en la forma que en ellas se establezca, hasta la conclusión de su vigencia, a fecha de 31 de diciembre de 2019, o hasta el previo agotamiento de los fondos presupuestarios.

 

CONCESIONES

  • Resolución de 11 de noviembre de 2019, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica por la que se procede a la concesión del primer bloque de subvenciones correspondientes al programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible(Programa MOVES) en el Principado de Asturias para el ejercicio 2019 (BOPA de 26 de noviembre de 2019)
  • Resolución de 30 de diciembre de 2019, de la Consejería de Industri, Empleo y Promoción Económica por la que se procede a la concesióndel segundo bloque de subvenciones correspondientes al programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES) en el Principado de Asturias para el ejercicio 2019 (BOPA de 29 de enero de 2020)

 


PLAN MOVES II

 

BASES REGULADORAS

  • Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla (BOE 17 de junio de 2020)
  • Real Decreto 587/2020, de 23 de junio, por el que se regula la concesión directa de dos subvenciones a la Universidad Politécnica de Madrid y al Servicio de Salud del Principado de Asturias en materia de seguridad minera. Disposición final primera modifica las bases reguladoras; permitiendo la adquisición de cualquier categorías de vehículo, incluidas las motos, que realicen particulares sin actividad profesional desde el 18 de junio del 2020 serán elegibles en el Programa MOVES II. Las adquisiciones, no obstante, deberán registrarse en las convocatorias correspondientes y cumplir el resto de requisitos fijados en las bases reguladoras del Programa MOVES II establecidas por Real Decreto 569/2020 de 16 de junio (BOE 4 de julio de 2020)
  • Extracto de la convocatoria de subvenciones correspondientes al programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) en el Principado de Asturias para el ejercicio 2020-2021 (BOPA de 9 de septiembre del 2020)

 

ACTUACIONES

  • A1: adquisición de vehículos de energías alternativas
  • A2: implantación de estructura de recarga de vehículos eléctricos
  • A3: implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas
  • A4: implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo

 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del momento en que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla lo indiquen en las respectivas convocatorias, en la forma que en ellas se establezca, según lo establecido en este real decreto, hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá transcurrido un año, a partir de la fecha de publicación del extracto de las correspondientes convocatorias en el diario oficial correspondiente.

 

CONCESIONES

  • Resolución de 23 de junio de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica por la que se procede a la concesión del primer bloque de subvenciones correspondientes al programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVESII) en el Principado de Asturias (BOPA de 6 de agosto de 2021)
  • Resolución de 7 de diciembre de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica , por la que se procede a la concesión del segundo bloque de subvenciones correspondientes al programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) en el Principado de Asturias (BOPA de 21 de diciembre del 2021)

 

 


PLAN MOVES III

 

BASES REGULADORAS

 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes de ayuda correspondientes podrán cursarse hasta el 31 de diciembre de 2023, en la forma que establezcan las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla en sus respectivas convocatorias.

 

ACTUACIONES

  • Línea 1: adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila combustible
  • Línea 2: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

 

DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

Según el Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, en su artículo 14 undecies. Deducción por adquisición de vehículos eléctricos:

  1. Los contribuyentes que adquieran vehículos eléctricos nuevos “enchufables” y de pila de combustible durante los ejercicios 2022 y 2023, tendrán derecho a aplicar una deducción del 15 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición de los citados vehículos.
  2. Para la aplicación de la presente deducción el contribuyente deberá disponer del correspondiente contrato de compraventa.
  3. La base máxima de la deducción será de 50.000 euros; no obstante, a los efectos de la aplicación de la deducción, la base de la deducción se reducirá, en su caso, por el importe de las ayudas públicas percibidas por el contribuyente para la adquisición del vehículo. El beneficio fiscal resultará de aplicación al ejercicio en el que se incurra en el gasto.
  4. Únicamente darán derecho a la aplicación de la presente deducción los vehículos nuevos pertenecientes a las categorías descritas en el anexo I, Programa de incentivos 1: Adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible, del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española.
  5. La presente deducción no resultará aplicable a vehículos afectos al desarrollo de actividades económicas por parte del adquirente.

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