Comisión de Seguimiento y Evaluación del Convenio por el que se establece el modelo de financiación de la Universidad de Oviedo para el período 2023-2028

Se constituirá una Comisión de Seguimiento y Evaluación para garantizar la correcta ejecución del Convenio. La Comisión de Seguimiento y Evaluación resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del Convenio.
Actualización/revisión más reciente: 17-julio-2023.

Tipología

Órgano que garantiza la correcta ejecución del Convenio por lo que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse.

Funciones

  1. Impulsar el desarrollo del convenio.
  2. Elevar a los órganos competentes de las partes las propuestas de mejora, adaptación o modificación del convenio.
  3. Resolver todas aquellas cuestiones suscitadas entre las partes por la interpretación y cumplimiento del convenio, así como las controversias que pudieran plantearse.
  4. Aprobar, por unanimidad, la modificación, inclusión o exclusión de indicadores, objetivos y peso porcentual, en la financiación por resultados del anexo III del convenio. Estos acuerdos tendrán la consideración de actualizaciones y no implicarán la necesidad de aprobación de una adenda modificativa, siempre que no afecten a la distribución plurianual del crédito u otros extremos cuya aprobación deba ser efectuada por otros órganos, en función de las competencias que tengan atribuidas.
  5. Proponer, por unanimidad, en cada ejercicio n, las estimaciones de los costes de personal, autorizados por la Administración del Principado de Asturias, derivados de la ejecución de ofertas de empleo público (CPAn+1); el Incremento de trienios, sexenios, quinquenios, complemento autonómico, carrera profesional y complemento de nivel (Tn+1) y el incremento retributivo porcentual fijado con carácter general por el Principado para los empleados públicos (Xn+1).
  6. Proponer, por unanimidad, el cálculo del número de estudiantes “equivalentes a tiempo completo” estimado a 31 de diciembre de cada ejercicio, según la metodología del Sistema Integrado de Información Universitaria (SIIU), que corresponda en cada período.
  7. Aprobar, por unanimidad, el estudio referido a las necesidades de mantenimiento, renovación y modernización de sus infraestructuras, para el período 2023-2028, con una priorización de las mismas, en función de su urgencia y necesidad.
  8. Aprobar, por unanimidad, la propuesta anual del Plan de Inversiones, incluyendo aquellas que puedan tener carácter plurianual.
  9. Proponer, por unanimidad, el grado de ejecución de las inversiones fijadas anualmente para el Plan de inversiones.
  10. Proponer por unanimidad, el grado de ejecución en cada anualidad de la financiación por resultados.
  11. Proponer, por unanimidad, la liquidación definitiva de cada anualidad de la aportación ordinaria, una vez conocidas todas las variables que hubieran sido estimadas en la presupuestación.
  12. Informar sobre la concurrencia de causas excepcionales, ligadas a la evolución general de los precios, que conlleven la aplicación de políticas excepcionales de revisión de precios en los contratos públicos dictadas por la Administración autonómica u otras administraciones públicas y que resulten de aplicación a la Universidad de Oviedo.
  13. Emitir un informe sobre la revisión del modelo de financiación en el supuesto de concurrir las causas excepcionales señaladas en la letra l)
  14. Asimismo, corresponderán a la Comisión de Seguimiento y Evaluación todas otras aquellas funciones que le sean atribuidas a lo largo del texto de este convenio y sus anexos.

Regulación

Resolución de 20 de abril de 2023, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se ordena la publicación del Convenio de colaboración entre la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad, y la Universidad de Oviedo por el que se establece el modelo de financiación de la Universidad de Oviedo para el período 2023-2028.

En cuanto a constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos, por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la Sección 3.ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Periodicidad

La Comisión se reunirá de acuerdo con el calendario que establezcan su Presidencia y, en todo caso, una vez al año, previa convocatoria que se comunicará a través de la secretaría.

Componentes

La Comisión de Seguimiento y Evaluación estará integrada por tres representantes de la Administración del Principado de Asturias y por tres representantes de la Universidad de Oviedo, que deberán designarse por cada una de las partes firmantes dentro del trimestre siguiente a la fecha de aprobación del convenio.

La presidencia corresponderá a la persona titular de la Dirección General competente en materia de universidades, correspondiendo a su vez la secretaría a un funcionario perteneciente a la misma Dirección General.

Órdenes del día

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Actas

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