Consejo Asesor de Discapacidad del Principado de Asturias
Denominación | CONSEJO ASESOR DE DISCAPACIDAD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS |
Tipología | Órgano de participación, consulta y asesoramiento en la organización y desarrollo de las políticas sectoriales en materia de discapacidad. |
Funciones | - Valorar la memoria anual de actuaciones en relación con los planes y programas en materia de discapacidad. - Asesorar y formular recomendaciones en relación con medidas, programas y planes de actuación. |
Regulación | - Al amparo de lo que disponía el artículo 21 de la Ley del Principado de Asturias 5/1987, de 11 de abril, de Servicios Sociales, por Resolución de la Consejería entonces denominada de Asuntos Sociales, de fecha 10 de junio de 2002, se creó la Comisión de Discapacidad del Principado de Asturias, como comisión de participación de carácter regional en el ámbito de las distintas áreas de los servicios sociales especializadas. - Resolución, 2 marzo 2005, de la Consejería de Vivienda y Bienestar Social, por la que se crea el Consejo Asesor de Discapacidad del Principado de Asturias. |
Periodicidad | Al menos tres sesiones ordinarias al año. |
Última convocatoria |
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Componentes | El Consejo Asesor de Discapacidad estará integrado por los siguientes vocales: Presidencia y vicepresidencia se escogen de entre los vocales y los designa el consejero/a competente en la materia. - Secretaría: un/a empleado/a público/a de servicios sociales. |