Consejo de Estadística del Principado de Asturias
Actualización/revisión más reciente: 16-junio-2023.
Tipología
Órgano consultivo y de participación del sistema estadístico del Principado de Asturias.
Funciones
- Emitir informe preceptivo sobre los anteproyectos de planes estadísticos y sobre los proyectos de programas estadísticos anuales.
- Emitir informe en el procedimiento de elaboración de proyectos de disposiciones de carácter general que regulen la actividad estadística del Principado de Asturias.
- Formular propuestas, recomendaciones y sugerencias en materia estadística.
- Emitir informes sobre cualquier cuestión estadística que le solicite cualquiera de los miembros que lo integran en los términos que se establezcan reglamentariamente.
Regulación
- Ley 7/2006, de 3 de noviembre, de Estadística. (Modificada y derogada en parte por Ley 1/2013).
- Decreto 212/2008, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Asturiano de Estadística y del Consejo de Estadística del Principado de Asturias. (Corrección de error en BOPA de 23/12/2008).
Componentes
- Presidencia: consejero/a competente en materia de estadística.
- Vicepresidencia: director/a general competente en materia de estadística.
- Vocales: un/a funcionario/a adscrito al órgano competente en materia de estadística, representantes de la Federación Asturiana de Concejos, de la Universidad de Oviedo, de las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, del Instituto Nacional de Estadística, de las asociaciones empresariales y de las organizaciones sindicales.
Órdenes del día
Ordenes del día del Consejo de Estadística del Principado de Asturias (pdf: 1,19 Mb)