Consejo Asturiano de la Mujer

Actualización/revisión más reciente: 27 de febrero de 2024.

Tipología

El Consejo Asturiano de la Mujer es un órgano de participación, consulta y asesoramiento del Instituto Asturiano de la Mujer integrado por representantes de asociaciones de mujeres, partidos políticos y sindicatos, que contemplan como fin principal la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Funciones

  • Constituirse en foro de debate, discusión y encuentro de las asociaciones de mujeres de la comunidad autónoma y potenciar que sus aportaciones se transmitan y repercutan sobre el conjunto de las mujeres asturianas.
  • Elevar propuestas e iniciativas tanto al Instituto Asturiano de la Mujer como al resto de los poderes públicos de la comunidad autónoma, en relación con los fines que le son propios, e instarles a que garanticen el cumplimiento de los derechos en todos los ámbitos.
  • Elaborar informes referidos a la situación y perspectivas de igualdad de oportunidades en el Principado de Asturias y a las medidas necesarias para avanzar en esas materias.
  • Estimular la creación de consejos locales y comarcales de la mujer del Principado de Asturias y potenciar la relación con los consejos de la Mujer de otras comunidades autónomas.
  • Ser informado de las líneas de actuación generales y prioritarias de la política presupuestaria. Ser escuchado en el establecimiento de prioridades, dentro del presupuesto autorizado del Instituto Asturiano de la Mujer.
  • Ser escuchado antes de la elaboración y aprobación de planes de igualdad de oportunidades.

Regulación

  • Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.
  • Resolución de 27 de julio del 2000, de la Consejería de la Presidencia, por la que se regula la composición, funcionamiento y régimen jurídico del Consejo Asturiano de la Mujer del Principado de Asturias.
  • Resolución de 11 de noviembre de 2011, de la Consejería de Bienestar Social e Igualdad, por la que se adapta la composición del Pleno del Consejo Asturiano de la Mujer a la reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la comunidad autónoma aprobada por Decreto 12/2011, de 16 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, modificado por Decreto 26/2011, de 16 de agosto.
  • Resolución de 30 de enero de 2012, de la Consejería de Bienestar Social e Igualdad, de rectificación de errores advertidos en la Resolución de 11 de noviembre de 2011 por la que se adapta la composición del pleno del Consejo Asturiano de la Mujer a la reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la comunidad autónoma aprobada por Decreto 12/2011, de 16 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, modificado por Decreto 26/2011, de 16 de agosto; Decreto 12/2011, de 16 de julio, del Presidente del Principado de Asturias

Componentes

  • Presidencia: la persona que sea titular de la Consejería competente en materia de igualdad.
  • Vicepresidencia: la persona que sea titular de la Dirección del Instituto Asturiano de la Mujer
  • Secretaría: un/a funcionario/a adscrito al Instituto Asturiano de la Mujer
  • Vocalías: un vocal representante de cada una de las asociaciones de mujeres, partidos políticos y sindicatos que soliciten formalmente su incorporación.

Página web

https://iam.asturias.es/consejo-asturiano-de-la-mujer

Órdenes del día

Órdenes del día del Consejo Asturiano de la Mujer (pdf : 1,08 Mb)