Consejo de Comunidades Asturianas

Actualización/revisión más reciente: 22 de abril de 2024.

Tipología

Órgano colegiado de representación y participación de las comunidades asturianas con reconocimiento de asturianía y espacio de encuentro de aquellas con representantes institucionales, empresariales y sindicales.

 

Regulación

  • Capítulo V (Artículos 16 al 19) de la Ley del Principado de Asturias 2/2018, de 23 de marzo, de los asturianos en el exterior y del reconocimiento de la asturianía.
  • Capítulo III (Artículos 18 al 36) del Reglamento de la Ley del Principado de Asturias 2/2018, de 23 de marzo, de los asturianos en el exterior y del reconocimiento de la asturianía, aprobado por el Decreto 46/2019, de 21 de junio.
  • Artículo 1.3 del Decreto 79/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia. (adscripción).

 

Componentes

El Consejo está integrado por:

  • Los expresidentes del Principado de Asturias.
  • Quien ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de emigración.
  • La persona titular del órgano central competente en materia de emigración.
  • El Rector de la Universidad de Oviedo.
  • El presidente de la Federación Internacional de Centros Asturianos.
  • Cuatro vocales designados por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias. 
  • Siete vocales elegidos por la Junta General del Principado de Asturias.
  • Hasta ocho representantes de comunidades asturianas con reconocimiento de asturiana.
  • Un vocal designado por la Federación Internacional de Centros Asturianos.
  • Un vocal designado por la Universidad de Oviedo.
  • Un vocal designado por la Academia de la Llingua Asturiana.
  • Un vocal designado por el Real Instituto de Estudios Asturianos.
  • Un vocal designado por el Consejo de la Juventud.
  • Dos vocales designados por los sindicatos más representativos de la Comunidad Autónoma.
  • Dos vocales designados por las organizaciones empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma.
  • Uno designado por la Fundación Archivo de Indianos.
  • Uno designado por la asociación de emigrantes retornados con mayor número de socios.
  • Uno designado por la asociación con mayor relación con los emigrantes asturianos, con mayor número de personas asociadas y mayor número de actividades para el tratamiento de la problemática migratoria y sus aportaciones.

Una representación más reducida conforma la Comisión Delegada  del Consejo. El mandato de sus miembros es por cuatro años.

Órdenes del día

Órdenes del día del Consejo de Comunidades Asturianas (pdf: 1,63 Mb)