Rede de Normalización Llingüística

Órgano colegiado, de adhesión voluntaria, de participación institucional y de impulso, orientado a dinamizar el uso de las lenguas propias en el Principado de Asturias.

Tipología

Órgano colegiado de participación institucional y de impulso, adscrito a la Consejería competente en materia de política lingüística, con autonomía y plena independencia para el cumplimiento de sus fines.

Funciones

  • Asesorar a las Administraciones públicas o entidades en materia regulatoria de los servicios de normalización lingüística.
  • Promover la creación de servicios de calidad que aumenten la presencia de las lenguas propias en la vida social de Asturias, tanto en las distintas administraciones o entidades adscritas como en las empresas o en el tejido asociativo, fomentando y promoviendo el asesoramiento lingüístico, la traducción, cursos y sesiones formativas, corrección de textos o actividades de ocio y cultura.
  • Asesorar a las corporaciones locales sobre la elaboración y promulgación de ordenanzas en materia de lenguas propias de acuerdo con la legalidad vigente.
  • Planificar y coordinar la realización de cursos de lengua asturiana y de gallego-asturiano o eonaviego.
  • Asesorar a las entidades que lo soliciten para establecer perfiles lingüísticos necesarios en determinados puestos de trabajo y colaborar en las pruebas o procesos selectivos para que se evalúen los conocimientos lingüísticos de las personas aspirantes.
  • Promover la coordinación de las actuaciones de los servicios de normalización lingüística con el fin de lograr mayor coherencia y colaboración entre dichos servicios y entre ellos y la Administración autonómica.
  • Proponer acciones para mejorar los servicios de normalización lingüística.
  • Velar por el cumplimiento de la legislación en materia lingüística por parte de las instituciones participantes, en particular por la aplicación práctica de la toponimia oficial.
  • Recabar información sobre políticas de normalización lingüística de otras Administraciones públicas a los efectos de sugerir actuaciones innovadoras y experimentales en el ámbito de la promoción del uso de las lenguas propias.
  • Realizar el seguimiento y evaluar la ejecución de los planes de normalización lingüística, con objeto de conocer su desarrollo, valorar sus resultados y proponer, en su caso, las oportunas modificaciones.
  • Difundir una imagen positiva de las lenguas propias a través de la colaboración en la realización por los servicios de normalización de programas de dinamización de su uso destinados a diferentes sectores sociales.
  • Analizar y estudiar las necesidades de los servicios de normalización, en relación a la mejora de empleo de su personal, a su capaci¬tación profesional y a la calidad de su formación.
  • Informar sobre cualquier asunto que en materia de servicios de normalización pueda serle sometido a valoración por sus miembros o por cualquier otra institución pública o privada. 

Regulación

Decreto 23/2022, de 22 de abril, por el que se crea y regula la Rede de Normalización Llingüística (BOPA nº 92, de 16/05/2022).

Periodicidad

La Rede se reunirá de forma ordinaria, al menos, una vez al año, y de forma extraordinaria cuando sea convocada por la presidencia, por iniciativa propia o a petición de al menos 1/5 parte de sus vocalías. 

Componentes del Conseyu de la Rede

  • Presidencia: persona titular de la Consejería con competencias en materia de política lingüística.
  • Vicepresidencia: persona titular de la Dirección General con competencias en materia de política lingüística.
  • Vocalías: las personas titulares de la presidencia, alcaldía, dirección, gerencia o cargo de similar naturaleza de las Administraciones públicas o entidades que se adhieran.
  • Secretaría: será nombrada por resolución de la persona titular de la Presidencia entre personas empleadas públicas adscritas a la Consejería competente en materia de política lingüística.

Órdenes del día de las reuniones

Órdenes del día de la Rede de Normalización Llingüística (pdf: 337 Kb)