Comisión Cartográfica del Principado de Asturias

Actualización/revisión más reciente: 26-julio-2022.

Tipología

Órgano de asesoramiento y apoyo.

Funciones

  • Proponer al Consejo de Gobierno, a través de la Consejería a la que está adscrita, el Plan Cartográfico Autonómico en el que se reflejarán las previsiones anuales o plurianuales en relación con la producción y publicación de cartografía básica, derivada y temática.
  • Informar preceptivamente los proyectos de disposiciones de la comunidad autónoma que afecten a su producción cartográfica básica, derivada o temática y las normas básicas a que debe sujetarse dicha producción.
  • Promover la creación y desarrollo de un registro autonómico de cartografía, así como la cartoteca del Principado de Asturias.
  • Coordinar los planes de producción cartográfica del Principado de Asturias con los de las distintas Administraciones Públicas.
  • Informar los acuerdos de cooperación en materia cartográfica que puedan establecerse con otros órganos de las Administraciones Públicas.
  • Conocer, a través del representante de la comunidad autónoma ante el Consejo Superior Geográfico, los planes y normas de este último, informando sobre los criterios que dicho representante deba seguir en su actuación.
  • Informar la propuesta de aprobación de las normas técnicas y de diseño del Sistema de Información Territorial del Principado de Asturias, promoviendo la formación de un banco de datos cartográficos con la finalidad de usar sistemas automáticos en el trazado de la cartografía.
  • Conocer e informar, en su caso, de cuantos temas relativos a la función cartográfica sean sometidos a su consideración por las distintas Consejerías.

Regulación

Decreto 25/2000, de 9 de marzo, se regula la organización y funcionamiento de la Comisión Cartográfica del Principado de Asturias como órgano de asesoramiento y apoyo. (Modificado por Decreto 26/2004).

Componentes

- Presidencia: titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
- Vocales:

  •     DG de Ordenación del Territorio.
  •     1 representante de cada Consejería.
  •     2 representantes de la Administración local.
  •     1 representante del Instituto Geográfico Nacional.
  •     1 representante del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria.

- Secretaría: un/a empleado/a público/a adscrito/a a la Consejería.