Consejo para la Agenda 2030 del Principado de Asturias

Actualización/revisión más reciente: 19-junio-2023.

Tipología

Órgano colegiado de consulta y participación, con el objetivo de prestar asesoramiento y colaboración institucional entre la Administración del Principado de Asturias y la sociedad civil para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante ODS) y la Agenda 2030.

Funciones

a) Asesorar a la Consejería en la elaboración e implementación de los planes y estrategias necesarios para el cumplimiento de la Agenda 2030.

b) Generar documentos y análisis sobre aspectos de la implementación de la Agenda 2030.

c) Contribuir a la divulgación y comunicación de la Agenda 2030 al conjunto de la ciudadanía asturiana.

d) Impulsar el diálogo y coordinación entre todos los agentes sociales, económicos, medioambientales y culturales para contribuir a la consecución de los ODS.

Regulación

Decreto 53/2021, de 20 de agosto, por el que se regula la organización y el funcionamiento del Consejo para la Agenda 2030 del Principado de Asturias.

Componentes

a) Presidencia: La persona titular de la Consejería.

b) Vicepresidencia: La persona titular de la Dirección General competente en materia de Agenda 2030.

c) Veintitrés vocales, de acuerdo con la siguiente distribución:

1.º Seis representantes del sector empresarial y sindical, en los términos siguientes: la persona titular de la presidencia de la Federación Asturiana de Empresarios; la persona titular de la Secretaría General de la Unión General de Trabajadores en Asturias; la persona titular de la Secretaría General de Comisiones Obreras en Asturias; una persona en representación y a propuesta de las Cámaras de Comercio de Asturias; una persona en representación de otras organizaciones de carácter empresarial o económico y otra persona en representación de otras organizaciones de carácter sindical, previa convocatoria de la Consejería.

Dichas organizaciones, de carácter empresarial o económico y de carácter sindical, deberán tener su domicilio social o delegación autónoma en el territorio del Principado de Asturias, así como contemplar en sus estatutos como fines, alguno de los ámbitos relacionados con los ODS contenidos en la Agenda 2030.

2.º Dos representantes del sistema universitario y centros de investigación, en los términos siguientes: la persona titular del Rectorado de la Universidad de Oviedo; y una persona en representación de las organizaciones que trabajan en el ámbito de la investigación, a propuesta del Consejo Asturiano de Ciencia, Tecnología e Innovación.

3.º Seis representantes de las Entidades del Tercer Sector, previa convocatoria de la Consejería.

4.º Seis representantes de Asociaciones y Fundaciones, previa convocatoria de la Consejería.

5.º Dos expertos independientes en el ámbito del desarrollo sostenible y la Agenda 2030, a propuesta de la persona titular de la Dirección General competente en materia de Agenda 2030.

6.º La persona titular de la Presidencia de la Federación Asturiana de Concejos (FACC).

Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba el procedimiento de selección de los vocales representantes de Organizaciones de carácter empresarial o económico, Organizaciones de carácter sindical, Entidades del Tercer Sector, Asociaciones y Fundaciones del Consejo para la Agenda 2030 del Principado de Asturias.

Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se nombran vocales del Consejo para la Agenda 2030 del Principado de Asturias.

Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se rectifica la Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Consejería de Presidencia, por la que se nombran vocales del Consejo para la Agenda 2030 del Principado de Asturias.

Órdenes del día de las reuniones

Órdenes del día del Consejo para la Agenda 2030 (pdf: 233 Kb)