Comité para la protección de datos de carácter personal de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos
Actualización/revisión más reciente: 29 de febrero de 2024.
Tipología
Es un órgano instrumental, de carácter colegiado, integrado por empleados públicos de cada una de las áreas de competencia de la Consejería, nombrados atendiendo a sus cualidades profesionales y a sus conocimientos especializados en el derecho y la práctica en materia de protección de datos y que desempeña las funciones del delegado de protección de datos en el ámbito de aquélla, excluidos los organismos, entidades y entes vinculados a la misma, y con el que tienen la obligación de colaborar todas las unidades responsables y encargados del tratamiento de datos en su ámbito competencial.
Funciones
- a) Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del Reglamento general de protección de datos y de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros.
- Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento general de protección de datos, de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las políticas del responsable o del encargado del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes.
- Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo 35 del Reglamento general de protección de datos.
- Cooperar con la autoridad de control.
- Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento, incluida la consulta previa a que se refiere el artículo 36 del Reglamento general de protección de datos, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.
Regulación
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE» núm. 294, de 06/12/2018).
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Componentes
- Presidencia: la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos. En caso de ausencia, vacante o enfermedad será sustituida por quien desempeñe la jefatura del Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo en la Secretaría General Técnica.
- Secretaría: ejercerá las funciones de la secretaría del comité un empleado público adscrito al Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo de la Secretaría General Técnica.
- Vocales:
- La persona titular de la jefatura del Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo.
- Cinco vocales nombrados por resolución de la persona titular de la Consejería, a propuesta de la presidencia del comité, atendiendo a sus cualidades profesionales y a sus conocimientos especializados en el derecho y la práctica en materia de protección de datos, entre empleados públicos que pertenezcan a cada una de las siguientes áreas competenciales: intervención general, presupuestos y finanzas, patrimonio y contratación, asuntos europeos, justicia.
Órdenes del día
Órdenes del día del Comité para la protección de datos de carácter personal de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos (pdf: 476 Kb)