Comité para la protección de datos de carácter personal de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos

Actualización/revisión más reciente: 29 de febrero de 2024.

Tipología

Es un órgano instrumental, de carácter colegiado, integrado por empleados públicos de cada una de las áreas de competencia de la Consejería, nombrados atendiendo a sus cualidades profesionales y a sus conocimientos especializados en el derecho y la práctica en materia de protección de datos y que desempeña las funciones del delegado de protección de datos en el ámbito de aquélla, excluidos los organismos, entidades y entes vinculados a la misma, y con el que tienen la obligación de colaborar todas las unidades responsables y encargados del tratamiento de datos en su ámbito competencial.


Funciones

  1. a) Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del Reglamento general de protección de datos y de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros.
  2. Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento general de protección de datos, de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las políticas del responsable o del encargado del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes.
  3. Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo 35 del Reglamento general de protección de datos.
  4. Cooperar con la autoridad de control.
  5. Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento, incluida la consulta previa a que se refiere el artículo 36 del Reglamento general de protección de datos, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.


Regulación

 

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE» núm. 294, de 06/12/2018).
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).


Componentes

 

  • Presidencia: la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos. En caso de ausencia, vacante o enfermedad será sustituida por quien desempeñe la jefatura del Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo en la Secretaría General Técnica.
  • Secretaría: ejercerá las funciones de la secretaría del comité un empleado público adscrito al Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo de la Secretaría General Técnica.
  • Vocales:

- La persona titular de la jefatura del Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo.

- Cinco vocales nombrados por resolución de la persona titular de la Consejería, a propuesta de la presidencia del comité, atendiendo a sus cualidades profesionales y a sus conocimientos especializados en el derecho y la práctica en materia de protección de datos, entre empleados públicos que pertenezcan a cada una de las siguientes áreas competenciales: intervención general, presupuestos y finanzas, patrimonio y contratación, asuntos europeos, justicia.

Órdenes del día

Órdenes del día del Comité para la protección de datos de carácter personal de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos (pdf: 476 Kb)