Consejo de Comunidades Asturianas

Actualización/revisión más reciente: 29 de mayo de 2024.

Tipología

Órgano colegiado de representación y participación de las comunidades asturianas con reconocimiento de asturianía y espacio de encuentro de aquellas con representantes institucionales, empresariales y sindicales.

 

Regulación

  • Capítulo V (Artículos 16 al 19) de la Ley del Principado de Asturias 2/2018, de 23 de marzo, de los asturianos en el exterior y del reconocimiento de la asturianía.
  • Capítulo III (Artículos 18 al 36) del Reglamento de la Ley del Principado de Asturias 2/2018, de 23 de marzo, de los asturianos en el exterior y del reconocimiento de la asturianía, aprobado por el Decreto 46/2019, de 21 de junio.
  • Artículo 1.3 del Decreto 79/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia. (adscripción).

 

Componentes

El Consejo está integrado por:

  • Los expresidentes del Principado de Asturias.
  • Quien ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de emigración.
  • La persona titular del órgano central competente en materia de emigración.
  • El Rector de la Universidad de Oviedo.
  • El presidente de la Federación Internacional de Centros Asturianos.
  • Cuatro vocales designados por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias. 
  • Siete vocales elegidos por la Junta General del Principado de Asturias.
  • Hasta ocho representantes de comunidades asturianas con reconocimiento de asturiana.
  • Un vocal designado por la Federación Internacional de Centros Asturianos.
  • Un vocal designado por la Universidad de Oviedo.
  • Un vocal designado por la Academia de la Llingua Asturiana.
  • Un vocal designado por el Real Instituto de Estudios Asturianos.
  • Un vocal designado por el Consejo de la Juventud.
  • Dos vocales designados por los sindicatos más representativos de la Comunidad Autónoma.
  • Dos vocales designados por las organizaciones empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma.
  • Uno designado por la Fundación Archivo de Indianos.
  • Uno designado por la asociación de emigrantes retornados con mayor número de socios.
  • Uno designado por la asociación con mayor relación con los emigrantes asturianos, con mayor número de personas asociadas y mayor número de actividades para el tratamiento de la problemática migratoria y sus aportaciones.

Una representación más reducida conforma la Comisión Delegada  del Consejo. El mandato de sus miembros es por cuatro años.

Composición del pleno del Consejo de Comunidades Asturianas (pdf: 93 Kb) Nuevo

Órdenes del día

Órdenes del día del Consejo de Comunidades Asturianas (pdf: 1,63 Mb)